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ERE CAIXABANK · 2019 Y 2021

Tu edad no debería restar valor a tus derechos.

¿Fuiste afectado por un ERE de CaixaBank?

La edad pudo determinar las condiciones económicas de tu salida. Analizamos tu caso de forma individual y revisamos las diferencias aplicadas en los ERE de 2019 y 2021.

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Imagen ilustrativa de una consulta jurídica: manos revisando documentación.
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01 · ANÁLISISEstudio individual de tu caso
02 · REVISIÓNComparación de las condiciones
03 · CONTACTOAtención directa del despacho

Una cuestión que merece ser revisada

La jurisprudencia reciente ha dado especial relevancia a las diferencias de trato por edad establecidas entre determinados colectivos en los ERE de CaixaBank. Cada expediente debe estudiarse con su documentación individual para comprobar qué condiciones se aplicaron y cómo se comparan con las previstas para otros grupos.

¿Qué ha cambiado con la Sentencia 612/2026 del Tribunal Supremo?

El Tribunal Supremo ha confirmado que, cuando un antiguo trabajador no pretende anular su despido sino obtener la reparación de una posible discriminación en las condiciones económicas de un ERE, la vía de tutela de derechos fundamentales puede ser adecuada.

En el procedimiento relativo al ERE de 2021 que llegó al Supremo, la sentencia del TSJ de Andalucía había reconocido a un trabajador de 52 años una diferencia indemnizatoria de 32.074,49 euros, 751 euros por daño moral y determinadas coberturas de previsión social. Esa sentencia quedó firme tras la STS 612/2026.

Cada caso requiere un estudio individual

La sentencia del Tribunal Supremo no significa que todos los afectados tengan automáticamente derecho a una cantidad. La situación de cada persona depende de su edad, antigüedad, grupo aplicado, salario, modalidad de salida y documentación individual.

ERE CaixaBank 2019

El Acuerdo de 8 de mayo de 2019 estableció condiciones distintas según la fecha de nacimiento. Para el análisis actual resulta especialmente relevante la diferencia entre el Colectivo B y el Colectivo C.

Colectivo B · Nacidos en 1966 y 1967

El Acuerdo preveía una indemnización bruta equivalente al 57 % del salario regulador correspondiente a ocho anualidades, una indemnización adicional de 38.000 euros en determinados supuestos de pago fraccionado y la asunción por CaixaBank del Convenio Especial con la Seguridad Social hasta los 63 años, en los términos del propio acuerdo.

Colectivo C · Nacidos en 1968 y años posteriores

Se establecía, con carácter general, una indemnización equivalente a 45 días de salario regulador por año trabajado, con tope de 42 mensualidades y mínimo de 36. Para los nacidos entre 1968 y 1970 existían condiciones específicas de pago fraccionado y una indemnización adicional inferior a la prevista para el Colectivo B.

La cuestión jurídica que se está analizando es si, en determinados casos, el salto entre ambos colectivos pudo provocar un perjuicio económico basado exclusivamente en la fecha de nacimiento.

ERE CaixaBank 2021

El Acuerdo de 7 de julio de 2021 organizó las extinciones en distintos grupos atendiendo, entre otros factores, a la edad y la antigüedad.

Uno de los supuestos que presenta mayor interés es el de los trabajadores que tenían 52 o 53 años a 31 de diciembre de 2021, con la antigüedad exigida, frente a quienes tenían 54 años o más y menos de 63 años.

Trabajadores de 52 y 53 años

El acuerdo contemplaba una indemnización calculada conforme al 57 % del salario fijo bruto anual multiplicado por siete anualidades, con las reglas económicas previstas en el propio acuerdo, además del Convenio Especial con la Seguridad Social y otras condiciones específicas.

Trabajadores de 54 años o más y menos de 63

El régimen incluía una fórmula distinta hasta alcanzar los 63 años y, además, determinadas prestaciones complementarias vinculadas al plan de pensiones, coberturas por incapacidad y póliza sanitaria.

El TSJ de Andalucía ha considerado discriminatorio, en casos concretos, que un trabajador de 52 o 53 años recibiera condiciones inferiores a las que habría obtenido con 54 años. Uno de esos pronunciamientos quedó firme tras la STS 612/2026.

¿A quién puede interesarle un estudio individual?

  • Antiguos trabajadores afectados por el ERE de CaixaBank de 2019. Especialmente quienes nacieron en 1968 o años posteriores y fueron incluidos en el Colectivo C.
  • Antiguos trabajadores afectados por el ERE de CaixaBank de 2021. Especialmente quienes tenían 52 o 53 años a 31 de diciembre de 2021 y cumplían la antigüedad prevista.
  • Personas que quieran conocer si las condiciones aplicadas en su salida fueron inferiores a las previstas para otro colectivo por razón de edad.

¿Qué estudiaremos en tu expediente?

  • Tu fecha de nacimiento y el colectivo o grupo en el que fuiste incluido.
  • Tu antigüedad reconocida en CaixaBank y la fecha efectiva de extinción del contrato.
  • La ficha económica y la fórmula utilizada para calcular tu indemnización.
  • La modalidad de pago elegida.
  • La comparación con las condiciones previstas para el colectivo inmediatamente superior.
  • El Convenio Especial con la Seguridad Social, cuando proceda.
  • Las condiciones relacionadas con plan de pensiones, coberturas de incapacidad y póliza sanitaria, cuando resulten aplicables.

Documentación útil para realizar el estudio

  • Carta de extinción.
  • Solicitud de adhesión al ERE y comunicación de aceptación.
  • Ficha económica o simulación individual.
  • Documento de saldo y finiquito.
  • Anexos económicos entregados por CaixaBank.
  • Justificantes de la indemnización percibida.
  • Documentación del Convenio Especial con la Seguridad Social.
  • Información del plan de pensiones y coberturas complementarias, si la conservas.

No necesitas tener toda la documentación para contactar

Puedes facilitarnos primero los datos básicos de tu caso. Si el expediente presenta interés jurídico, te indicaremos posteriormente qué documentación concreta necesitamos revisar.

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